Ley Orgánica del Banco Central
de Reserva de El Salvador

REFORMAS AL 23 DE MAYO DE 1996

DECRETO No. 746


LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR:


CONSIDERANDO:


I. Que la Constitución de la República establece que el Estado debe orientar la política monetaria con el fin de promover y mantener las condiciones más favorables para el desarrollo ordenado de la economía nacional;


II. Que dicho desarrollo ordenado requiere mantener una política monetaria que garantice la estabilidad y crecimiento de la economía y que estimule el ahorro interno;


III. Que es necesario otorgar al Banco Central de Reserva de El Salvador suficiente autonomía institucional y preservar su carácter técnico, para formular y ejecutar dentro del Programa Monetario las políticas monetaria, cambiaria y crediticia que aseguren la estabilidad y crecimiento de la economía;


IV. Que como elemento indispensable para el ordenamiento financiero de la economía, es necesario limitar el crédito del Banco Central de Reserva de El Salvador al Estado para el financiamiento del déficit fiscal;


V. Que por las razones anteriores es necesario emitir una nueva ley que regule la organización, facultades y operaciones del Banco Central de Reserva de El Salvador, creado por Decreto No.116 del Directorio Cívico Militar de El Salvador, de fecha 20 de abril de 1961, publicado en el Diario Oficial No.71, Tomo 191, de la misma fecha;


POR TANTO,


En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio de la Ministro de Planificación y Coordinación del Desarrollo Económico y Social. DECRETA la siguiente:


LEY ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA DE EL SALVADOR