LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I
Que el desarrollo económico y social del país requiere un sistema
financiero confiable, solvente, moderno y competitivo que mediante los procesos
de ahorro e inversión contribuya al crecimiento y sostenibilidad de la
economía nacional;
II
Que dados los procesos de apertura y globalización de las economías,
se requiere contar con un sistema financiero que sea instrumento del desarrollo
nacional y capaz de insertase adecuadamente en los mercados financieros internacionales;
III
Que es necesario contar con un marco legal basado en principios internacionales
de regulación y supervisión bancaria para crear las condiciones
favorables que propicien un sistema financiero sólido y competitivo,
integrado a los mercados globalizados;
IV
Que el establecimiento de mecanismos de supervisión consolidada de acuerdo
a las prácticas internacionales son necesarios para vigilar adecuadamente
a los grupos financieros y proteger los depósitos del público.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la
República, por medio del Ministro de Economía y de los Diputados
Juan Duch Martínez, Rubén Ignacio Zamora, Mercedes Gloria Salguero
Gross, Gerson Martínez, José Antonio Almendáriz, Ronal
Umaña, Roberto Serrano Alfaro, Kirio Waldo Salgado Mina, Juan Ramón
Medrano Guzmán, Isidro Antonio Caballero Caballero, Norman Noel Quijano,
Norma Fidelia Guevara de Ramirios, Elizardo González Lovo, Donal Ricardo
Calderón Lam, Julio Alfredo Samayoa, Guillermo Welman y Héctor
Córdova,
DECRETA LA SIGUIENTE:
LEY DE BANCOS