CAPITULO XI
CONOCIMIENTO DE EMPLEADOS Y CODIGO DE
ETICA
Décimo Tercera.- Con el objeto de velar por la conservación de la
más elevada calidad moral de sus empleados, las Instituciones deben
seleccionar cuidadosamente y vigilar la conducta de sus empleados, en
especial de aquellos que desempeñan cargos relacionados con el manejo de
Clientes, recepción de dineros y control de información.
En cuanto a conductas sospechosas de favorecer el lavado de dinero, las
Instituciones deben prestar cuidado a empleados cuyo estilo de vida
pródigo no corresponda a su nivel de salario, empleados renuentes a tomar
vacaciones y empleados asociados directa o indirectamente con la
desaparición de fondos de la Institución.
Las Instituciones deben exigir el cumplimiento de las responsabilidades
administrativas y legales del personal y de sus funcionarios por
incumplimiento de las normas de prevención y detección de lavado de
dinero.
Tanto en el nivel administrativo de las Instituciones como entre sus
directivos, debe existir un conocimiento pleno de sus políticas y
procedimientos de éstas destinados a evitar el lavado de dinero, y de las
responsabilidades penales a que pueden hacerse acreedores cuando los
servicios de las Instituciones sean usados con ese propósito.
Décimo Cuarta.- Las Instituciones deberán regir sus actuaciones bajo un
Código de Ética, en el que se establezca una serie de normas y
principios éticos que obliguen a sus funcionarios y empleados a que los
conozcan y cumplan, a fin de que les permita actuar con absoluta
austeridad y transparencia en el desarrollo de sus labores diarias.
Lo anterior, teniendo en cuenta que como funcionarios de las Instituciones
deben con sus actuaciones y cumplimiento de las normas y procedimientos
establecidos, consolidar y acrecentar la confianza que han depositado los
Clientes en sus entidades, volviéndose indispensable actuar con absoluta
honestidad dentro y fuera de ellas.
Así mismo, para cumplir cabalmente con el espíritu y la letra de las
leyes, procedimientos, políticas internas y controles pertinentes, es
necesario que, cuando alguna de estas parezca confusa o ambigua, se
solicite información para asegurar que los procedimientos sean legales y
éticos.
Todos estos procederes, actuaciones y comportamientos que se desarrollen
en cumplimiento de las funciones asignadas, deben regirse además por
determinados postulados éticos, con los cuales se brinde la mayor
confianza y seguridad a los Clientes (Ver apéndice número 2).