El Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, con base al literal c) del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Sistema Financiero y en cumplimiento del inciso segundo del artículo 224 de la Ley de Bancos (2) emite el presente:

MANUAL DE CONTABILIDAD PARA BANCOS


I. OBJETIVOS

1. Objetivo general

El objetivo de este manual es proporcionar a los bancos, el instrumento técnico que les permita el registro contable uniforme de las transacciones y operaciones de naturaleza económica y financiera.

2. Objetivos específicos

a) Proporcionar información contable veraz, transparente, confiable y oportuna a todos los usuarios de los bancos.

b) Permitir mayor eficacia en el ejercicio de la supervisión de los bancos, por parte de la Superintendencia del Sistema Financiero.

c) Facilitar la consolidación de las contabilidades de los bancos y de las entidades integrantes del conglomerado financiero.

II. NORMAS GENERALES

1. Requisitos mínimos de los registros contables

Los libros legales deben contener las cuentas de hasta seis dígitos y los auxiliares hasta diez dígitos. Además, debe cumplirse con lo establecido en el Título II del Libro Segundo del Código de Comercio en lo que no se oponga a estas normas.

2. Corte diario de operaciones para el registro de las transacciones

Los bancos deben efectuar el corte diario de operaciones a la hora que ordinariamente prestan servicio al público; sin embargo, pueden efectuar ese corte antes que finalice el día laboral. Las transacciones que realicen después del corte se contabilizarán con fecha del siguiente día hábil y los comprobantes contables correspondientes deben ser marcados con la leyenda: “Servicio Extraordinario”. La hora de dicho corte debe ser comunicada a la Superintendencia del Sistema Financiero.

Los comprobantes de las transacciones de las agencias que por su distancia no se puedan obtener en el día laboral que los generaron, debe obtenerse la información por los medios usuales de comunicación y contabilizarse en cuentas transitorias. Los balances al 30 de junio y al 31 de diciembre deben comprender todas las transacciones, por consiguiente, las cuentas transitorias antes referidas deben quedar liquidadas.

3. Operaciones no previstas

Cuando se notare que alguna transacción u operación no está prevista en este Manual, el banco debe comunicarlo a la Superintendencia del Sistema Financiero para que resuelva lo pertinente.

4. Depuración de los saldos contables

Los saldos contables no deben contener datos sujetos a confirmación, aclaración, regularización o registro definitivo, cuando ello dependa del propio banco.

5. Actualización

Solamente el Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, puede realizar cambios en este Manual; no obstante, los bancos pueden ampliar las cuentas desagregándolas más allá de nueve dígitos, siempre que dicha ampliación corresponda al concepto de la cuenta.

6. Responsabilidad de la información

Los directores, gerentes y empleados a quienes corresponda la preparación o revisión de la información contable, responderán de los errores, omisiones e irregularidades que esta contenga.

La información recibida por la Superintendencia del Sistema Financiero puede ser modificada dentro del plazo establecido para su presentación, vencido éste se considerará definitiva; sin embargo, el banco puede solicitar la sustitución respectiva justificándolo apropiadamente, no obstante ser autorizado para ello, la información se considerará recibida fuera de plazo para los efectos legales pertinentes.

Los saldos contables que deban remitirse a la Superintendencia del Sistema Financiero comprenden las cuentas de hasta diez dígitos. Cuando esta entidad lo requiera podrá solicitar mayor desagregación de las cuentas.

III. NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD

Los bancos deben llevar su contabilidad con base a las Normas Internacionales de Contabilidad, utilizando la opción más conservadora cuando la Superintendencia del Sistema Financiero no se haya manifestado por alguna de las opciones permitidas; en el caso de que el fenómeno, transacción u operación contable no se encuentre regulado deberá contabilizarse utilizando el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros de las referidas normas. (3)

La NIC 1 establece que las políticas contables son adoptadas por la administración de la entidad. En el caso de los bancos, la Superintendencia del Sistema Financiero puede decidir de una manera obligatoria las políticas contables que estime convenientes. (3)

IV. COMPONENTES DE LOS PRINCIPALES RUBROS

Con el objeto de satisfacer las necesidades de información de los diferentes usuarios de los estados financieros de los bancos y financieras, algunos rubros se subdividieron de tal forma que sea factible obtener la sectorización institucional de la economía; los componentes de la contabilidad a que nos referimos son:

112
ADQUISICIÓN TEMPORAL DE DOCUMENTOS
113
INVERSIONES FINANCIERAS
114
PRÉSTAMOS
211
DEPÓSITOS
215
DOCUMENTOS TRANSADOS
411
DERECHOS POR CARTAS DE CRÉDITO
412
CONTINGENCIAS POR AVALES Y FIANZAS
511
OBLIGACIONES POR CARTAS DE CRÉDITO
911
DERECHOS Y OBLIGACIONES POR CRÉDITOS
913
CARTERA EN ADMINISTRACIÓN
914
FONDOS DE GARANTÍA

Los componentes y posición de los rubros anteriores, se describen a continuación:

01 BANCO CENTRAL DE RESERVA  
02 ENTIDADES DEL ESTADO
  Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP)
Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA)
Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL)
Alcaldías Municipales
Banco de Tierras
Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación
Centro Nacional de Registros
Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal
Circuito de Teatros Nacionales
Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL)
Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA)
Comisión Nacional de Asistencia a Desplazados (CONADES)
Comité Ejecutivo de la Feria Internacional (CEFIES)
Comité Olímpico de El Salvador (COES)
Consejo Nacional para la Cultura y el Arte (CONCULTURA)
Consejo de Vigilancia de la Contaduría Pública y Auditoría
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
Consejo Nacional de Productividad (CENAP)
Consejo Salvadoreño de Menores
Consejo Salvadoreño del Café
Consejo Superior de Salud Pública
Corporación de Municipalidades de la República de El Salvador
Corporación Salvadoreña de Inversiones
Correos Nacionales
Corte de Cuentas de la República
Corte Suprema de Justicia
Cruz Roja Salvadoreña
Cuerpo de Bomberos
Escuela Nacional de Agricultura (ENA)
Federación Salvadoreña de Fútbol (FEDEFUT)
Financiera Nacional de Tierras Agrícolas
Fiscalía General de la República
Fondo de Garantía para el Crédito Educativo (EDUCRÉDITO)
Fondo de Inversión Social (FIS)
Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión (FOSEP)
Hogar de Ancianos Narcisa Castillo - Santa Ana
Hospital Nacional de Zacamil
Hospital Nacional “Dr. Luis Edmundo Vásquez”. Chalatenango
Hospital Nacional “Francisco Menéndez”. Ahuachapán
Hospital Nacional “San Juan de Dios”. San Miguel
Hospital Nacional “San Juan de Dios”. Santa Ana
Hospital Nacional “San Pedro”. Usulután
Hospital Nacional “San Rafael”. Nueva San Salvador
Hospital Nacional “Santa Gertrudis”. San Vicente
Hospital Nacional “Santa Teresa”. Zacatecoluca
Hospital Nacional Benjamín Bloom
Hospital Nacional de Maternidad
Hospital Nacional de Neumología
Hospital Nacional de Sonsonate
Hospital Nacional Psiquiátrico
Hospital Nacional Rosales
Imprenta Nacional
Instituto Centroamericano de Telecomunicaciones (INCATEL)
Instituto Libertad y Progreso
Instituto Nacional de los Deportes (INDES)
Instituto Nacional del Azúcar (INAZUCAR)
Instituto Nacional del Café (INCAFE)
Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal (ISDEM)
Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP)
Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP)
Instituto Salvadoreño de Protección al Menor
Instituto Salvadoreño de Rehabilitación de Inválidos (ISRI)
Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA)
Instituto Salvadoreño de Turismo (ISTU)
Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS)
Lotería Nacional de Beneficencia (LONAB)
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Ministerio de la Defensa Nacional
Ministerio de Economía
Ministerio de Educación
Ministerio de Hacienda
Ministerio del Interior
Ministerio de Justicia
Ministerio de Obras Públicas
Ministerio de Relaciones Exteriores y Cooperación Externa
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
Ministerio de Seguridad Pública
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano
Oficina de Planificación del Area Metropolitana de San Salvador
Órgano Legislativo
Órgano Judicial
Plan Nacional de Saneamiento Básico Rural (PLANSABAR)
Policía Nacional Civil (PNC)
Presidencia de la República
Procuraduría General de la República
Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos
Secretaría del Medio Ambiente
Secretaría Técnica de Financ. Externo (SETEFE)
Superintendencia de Pensiones
Superintendencia de Valores
Superintendencia del Sistema Financiero
Tribunal de Servicio Civil
Tribunal Supremo Electoral
Universidad de El Salvador (UES)
03 EMPRESA PRIVADA
(Todas las personas naturales y jurídicas y demás entidades dedicadas a actividades productivas)
04 PARTICULARES
(Personas naturales que no se dedican a ninguna actividad productiva y personas jurídicas sin fines de lucro)
05 BANCOS Y FINANCIERAS
  Banco Agrícola Comercial, S.A.
Banco Ahorromet Scotiabank, S.A.
Banco Corporativo CORFINSA, S.A. (BANCORP)
Banco Credomatic, S.A.
Banco Cuscatlán, S.A.
Banco de Comercio de El Salvador, S.A.
Banco de Construcción y Ahorro, S.A. (BANCASA)
Banco de Crédito Inmobiliario, S.A. (CREDISA)
Banco de Fomento Agropecuario (BFA)
Banco Desarrollo, S.A.
Banco Hipotecario de El Salvador
Banco Multisectorial de Inversiones (BMI)
Banco Multivalores, S.A.
Banco Nacional de Fomento Industrial (BANAFI)
Banco Promérica, S. A.
Banco Salvadoreño, S.A.
Citibank, N.A.
Financiera Calpiá, S.A.
Unibanco, S.A.
06 OTRAS ENTIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO
  Sociedades de Seguros Afianzadora Salvadoreña, S.A.
Aseguradora Agrícola Comercial, S.A.
Aseguradora Popular, S.A.
Aseguradora Salvadoreña, S.A.
Aseguradora Suiza Salvadoreña, S.A.
Compañía Anglo Salvadoreña de Seguros, S.A.
Compañía General de Seguros, S.A.
Garantías y Otros Servicios, S.A.
Internacional de Seguros, S.A.
La Central de Seguros y Fianzas, S.A.
La Centro Americana, S.A.
Pan American Life Insurance Company (Sucursal El Salvador)
Seguros del Pacífico, S.A.
Seguros e Inversiones, S.A.
Seguros Futuro, A. C. de R.L.
Seguros Universales, S.A.
Unión y Desarrollo, S.A.
  Mercado de Valores Bolsa de Valores
Calificadoras de riesgos
Casas de corredores de bolsa
Depósitos y custodia de valores
  Sistema de Pensiones Administradoras de Fondos de Pensiones
Fondos de pensiones
Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA)
Instituto Nacional de Pensiones de Empleados Públicos (INPEP)
  Sistema de Microfinanzas Banco de los Trabajadores
Federación de Asociaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito de El Salvador (FEDECACES).
Federación de Cajas de Crédito (FEDECREDITO)
  Instituciones Oficiales de Crédito Corporación Salvadoreña de Inversiones (CORSAIN)
Fondo de Financiamiento y Garantía de la Pequeña Empresa (FIGAPE)
Fondo de Saneamiento y Fortalecimiento del Sistema Financiero (FOSAFFI)
Fondo Nacional de Vivienda Popular
Fondo Social para la Vivienda (FSV)
  Agencias u oficinas de información de bancos extranjeros BAC Florida Bank
Banco Santander, S.A.
Barclays Bank PLC
Dresdner Bank Latinoamérica, A.G.
  Almacenes Generales de Depósitos  
  Casas de Cambio de Moneda Extranjera  
  Emisoras de Tarjetas de Crédito  
  Subsidiarias (Filiales) de bancos y de sociedades de seguros  
  Instituto de Garantía de Depósitos  

V. SISTEMA DE VALIDACIÓN DE INFORMACION CONTABLE

El objeto de los validadores que a continuación se describen, es que la información contable proporcionada a la Superintendencia del Sistema Financiero, satisfaga los estándares mínimos de consistencia y calidad que le permita cumplir sus fines.

Los validadores de la información contable son los siguientes:

1. La ecuación contable se compone de los siguientes elementos:

Activo + Dechs. futuros y Contingen. = Pasivo + Patrimonio + Compsos. futuros y Contingen. + Resultados

1 + 4 = 2 + 3 + 5 + (6 – 7 – 8)

2. Las siguientes cuentas deben tener saldo cero al final de cada mes:

a) 114199 Desembolsos y recuperaciones por aplicar;
b) 121000 Saldos entre compañías;
c) 2110010701 Depósitos por aplicar -MN
  2110010702 Depósitos por aplicar – ME
  2110010801 Retiros por aplicar – MN
  2110010802 Retiros por aplicar – ME
  2110020701 Depósitos por aplicar -MN
  2110020702 Depósitos por aplicar – ME
  2110020801 Retiros por aplicar – MN
  2110020802 Retiros por aplicar – ME
d) 221000 Saldos entre compañías.

3. Cuando lo intereses de los depósitos de ahorro se capitalicen, las siguientes cuentas deben tener saldo cero:

211002 Depósitos de Ahorro
9901 Intereses por pagar -MN
9902 Intereses por pagar - ME

4. Las cuentas que comienzan con los dígitos 1; 4; 7 y 8; deben tener saldo deudor, excepto las siguientes:

a) 1129 Provisión por pérdidas, adquiridos;
b) 1139 Provisión para valuación de inversiones;
c) 114899 Recuperaciones de préstamos en cobro judicial;
d) 1149 Provisión para incobrabilidad de préstamos;
e) 1229 Provisión de pérdidas en bienes recibidos en pago o adjudicados;
f) 1259 Provisión de incobrabilidad de cuentas por cobrar;
g) 1329 Depreciación acumulada;
h) 4119 Provisión por pérdidas;
i) 4129 Provisión por pérdidas;
j) 4139 Provisión en derechos por operaciones en moneda extranjera.

5. Las cuentas que comienzan con los dígitos 2, 3, 5 y 6 deben tener saldo acreedor, excepto las siguientes:

a) 311002 Capital suscrito no pagado;
b) 3140010201 Resultados de ejercicios anteriores– pérdidas; y
c) 3140020201 Resultados del presente ejercicio - pérdidas

6. El capital social pagado se debe establecer con base a la siguiente ecuación:

Capital social pagado = Capital suscrito - Capital suscrito no pagado + Aportes del Estado.
3110 = 311001 + 311002 + 311003

7. La diferencia que se obtenga de restar a los ingresos, los costos y gastos, debe ser igual a la pérdida o utilidad que se obtenga según el estado de resultados, excepto al 31 de diciembre, cifra que debe aparecer en alguna de las siguientes cuentas, según corresponda:
a) 3140020101 Resultados del presente ejercicio - utilidades; o
b) 3140020201 Resultados del presente ejercicio - pérdidas.

8. Las cuentas que representan derechos futuros, compromisos futuros y contingencias, deben mantener la igualdad siguiente:
51 - 41 = 4119 + 4129 (Tomando los valores absolutos de sus saldos)

9. Los saldos de las cuentas que a continuación se detallan, no deben variar de enero a diciembre 30 de cada año.
a) 3130000100 Reserva Legal y
b) 3210000101 Utilidades no distribuibles.

10. El saldo de la cuenta 1229 Provisión por pérdida en bienes recibidos en pago o adjudicados, no debe ser superior al de la cuenta 1220 Bienes recibidos en pago o adjudicados.

11. El saldo de la cuenta 1259 Provisión por incobrabilidad de cuentas por cobrar, no debe ser superior al de la cuenta 1250 Cuentas por cobrar.

12. El saldo de la cuenta "113002 Títulos valores transferidos", debe ser igual al de la cuenta “215 Documentos transados, menos las siguientes subcuentas”:

a) 2151019901 Comisiones, premios o primas – MN
b) 2151019902 Comisiones, premios o primas – ME
c) 2151029901 Comisiones, premios o primas – MN
d) 2151029902 Comisiones, premios o primas - ME
e) 2151039901 Comisiones, premios o primas – MN
f) 2151039902 Comisiones, premios o primas – ME
g) 2151049901 Comisiones, premios o primas – MN
h) 2151049902 Comisiones, premios o primas – ME
i) 2151059901 Comisiones, premios o primas – MN
j) 2151059902 Comisiones, premios o primas – ME
k) 2151069901 Comisiones, premios o primas – MN
l) 2151069902 Comisiones, premios o primas – ME
m) 2151079901 Comisiones, premios o primas - MN
n) 2151079902 Comisiones, premios o primas - ME

VI. DESCRIPCION DEL METODO DE CODIFICACION

1. Primer dígito
El primer dígito identifica el elemento de la contabilidad bancaria, así:

1. Activo
2. Pasivo
3. Patrimonio
4. Derechos Futuros y Contingencias
5. Compromisos Futuros y Contingencias
6. Ingresos
7. Costos
8. Gastos
9. Cuentas de Orden

2. Segundo dígito
Identifica la clasificación de cada uno de los elementos anteriores, así:

1.1 Activos de Intermediación
1.2 Otros Activos
1.3 Activos Fijos
2.1 Pasivos de Intermediación
2.2 Otros Pasivos
2.3 Bonos Convertibles en Acciones
2.4 Deuda Subordinada (2)
3.1 Patrimonio
3.2 Patrimonio Restringido
4.1 Derechos Futuros y Contingencias
5.1 Compromisos Futuros y Contingencias
6.1 Ingresos de Operaciones de Intermediación
6.2 Ingresos de Otras Operaciones
6.3 Ingresos No Operacionales
7.1 Costos de Operaciones de Intermediación
7.2 Costos de Otras Operaciones
8.1 Gastos de Operación
8.2 Gastos No Operacionales
8.3 Impuestos Directos
9.1 Información Financiera
9.2 Existencias en la Bóveda

3. Tercer dígito
Corresponde al rubro de agrupación, e identifica la posición de éste dentro de cada una de las clasificaciones anteriores, por ejemplo:

Código Nombres Significado
1.1
  Activos de Intermediación  
1
Fondos Disponibles Primer rubro de los activos de intermediación
3
Inversiones Financieras Tercer rubro de los activos de intermediación

4. Cuarto dígito
Es una posición que se utiliza para señalar una determinada característica del rubro, por consiguiente, cada dígito tiene un significado particular, los significados son:

0 = Se utiliza cuando no es necesario señalar alguna característica
1 = Saldos pactados hasta un año plazo
2 = Saldos pactados a más de un año plazo
3 = Saldos pactados a 5 o más años plazo
4 = Saldos sin plazo determinado
5 = (Disponible para uso futuro)
6 = (Disponible para uso futuro)
7 = (Disponible para uso futuro)
8 = Saldos vencidos
9 = Rubro de valuación (Provisiones por pérdidas o por incobrabilidad y depreciación acumulada)

En conclusión, el rubro tendrá siempre cuatro dígitos, aunque no sea necesario distinguir alguna característica, algunos ejemplos son:

Código Nombres Significado
1110 Fondos Disponibles Primer rubro de los “Activos de Intermediación”. (En este caso no es necesario distinguir ninguna característica)
112 Adquisición Temporal Segundo rubro de los “Activos de de Documentos Intermediación”
1121 Adquisición Temporal de Documentos - Documentos Hasta Un Año plazo El número uno en la cuarta posición indica el plazo de los documentos, para este caso, hasta un año plazo.
1128 Adquisición Temporal de Documentos - Documentos Vencidos El número ocho en la cuarta posición indica que son documentos vencidos.
1129 Adquisición Temporal de Documentos - Provisión por Pérdidas El número nueve en la cuarta posición indica que se trata de una provisión.

5. Dígitos quinto y sexto
Corresponden a la cuenta e identifican la posición de ésta dentro de cada rubro, así:

Código Nombres Significado
1110
  Fondos Disponibles  
01 Caja Primera cuenta del rubro Fondos Disponibles.
02 Depósitos en el BCR Segunda cuenta del rubro Fondos Disponibles.

Debido a que se utilizan dos dígitos para identificar las cuentas, estas pueden alcanzar hasta un número de noventa y nueve; lo cual le da flexibilidad al catálogo para futuras ampliaciones.
El máximo de cuentas dentro de un rubro, en este Catálogo es de siete.

6. Dígitos séptimo y octavo
Corresponden a la subcuenta, e identifican su posición dentro de cada cuenta, así:

Código Nombres Significado
1110     Fondos Disponibles  
  01   Caja  
    01 Caja oficina central Primera subcuenta de la cuenta “Caja”.
1141     Préstamos Pactados Hasta un Año Plazo  
  03   A empresas privadas  
  01   Otorgamientos originales Primera subcuenta de la cuenta “A Empresas Privadas”

En algunos casos la cuenta no se subdivide en subcuentas; cuando esto sucede los dígitos de la subcuenta serán ceros y se utilizará el mismo nombre de la cuenta así:

Código Nombres Significado
1110   Fondos Disponibles  
  02 Depósitos en el BCR  
  00 Depósitos en el BCR Subcuenta de la cuenta “Depósitos en el BCR”.

Debido a que se utilizan dos dígitos para identificar las subcuentas, estas pueden alcanzar hasta un número de noventa y nueve; lo cual le da flexibilidad al catálogo para futuras ampliaciones.
La posición 98, indica siempre la existencia de una subcuenta que representa una valuación de activo.
La posición 99, indica siempre la existencia de una subcuenta que representa intereses por cobrar o por pagar, según corresponda.
El máximo de subcuentas dentro de una cuenta, en este Catálogo es de nueve.
Además de los dos dígitos mencionados, cada subcuenta contiene otros dos, los que se utilizan para especificar alguna característica, como se explica en los siguientes literales.

7. Dígitos noveno y décimo
Es una posición que se utiliza para diferenciar la clase de moneda que representa el saldo de la subcuenta.
Los significados de los dígitos son:

00 = Se utiliza cuando no es necesario distinguir la clase de moneda.
01 = Moneda nacional.
02 = Moneda extranjera.

Para facilitar la lectura del catálogo de cuentas, después del nombre de cada subcuenta, se han agregado las siglas MN o ME, que significan Moneda Nacional y Moneda Extranjera, respectivamente.

Aprobado por el Consejo Directivo en Sesión CD-55/98 del 20 de agosto de 1998, con vigencia a partir del 1 de enero de 1999.


(1) Reforma aprobada por el Consejo Directivo, en Sesión CD 73/99 del 27 de octubre de 1999.
(2) Reformas aprobadas por el Consejo Directivo, en Sesión CD 47/2000 del 13 de septiembre de 2000, con vigencia a partir del uno de noviembre del año dos mil.
(3) Reformas aprobadas pro el Consejo Directivo, en Sesión CD – 14/02 del 26 de marzo de 2002, con vigencia a partir del 01 de julio de 2002.