Fondo Patrimonial o Patrimonio Neto: Es la suma del Capital
Primario y el Capital Complementario, menos el valor de los recursos
invertidos en las operaciones señaladas en el Artículo
23 de la Ley de Bancos, así como el valor de las participaciones
en acciones de sociedades de acuerdo al Artículo 24 de la misma
Ley, y otras participaciones de capital en cualquiera otra sociedad.
Para efectos de determinar el Fondo Patrimonial, el Capital Complementario
será aceptado hasta por la suma del Capital Primario.
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